Redacción 07/03/2015

En apoyo a todas las Mujeres con Discapacidad hacemos un recordatorio de los principios universales acerca de la no discriminación e igualdad para todas las niñas y mujeres

Considerando la celebración de Beijing 20, el marco político a nivel global más amplio jamás concebido para lograr los objetivos de igualdad de género, desarrollo y paz; al cual se comprometieron los líderes mundiales en 12 áreas fundamentales de trabajo durante la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer de Pekín de 1995, reconocen que “Muchas mujeres afrontan barreras para el disfrute de sus derechos humanos y su plena igualdad debido a factores como su discapacidad, pudiendo encontrarse en situación desventajosa  por el no reconocimiento de sus derechos humanos; así como por los obstáculos que encuentran, para tener acceso a la información y a los mecanismos de recurso en caso de que se violen sus derechos”.

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) recuerda, en el Día Internacional de la Mujer, la consideración expresa de las mujeres y niñas con discapacidad en la Declaración de Beijing, Plataforma de Acción y Declaración de Objetivos; y urge a la Unión Europea, al Gobierno de España y a las Comunidades Autónomas, a que emprendan exámenes exhaustivos sobre los progresos alcanzados y las dificultades enfrentadas en relación a las niñas y mujeres con discapacidad, en la aplicación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing sobre las siguientes cuestiones:

Promover el objetivo de la igualdad de acceso a la educación tomando medidas para eliminar la discriminación en la educación en todos los niveles por motivos de género, raza, idioma, religión, origen nacional, edad o discapacidad, o cualquiera otra forma de discriminación y, segundo proceda, considerar la posibilidad de establecer procedimientos para dar curso a las reclamaciones.

Concebir y ejecutar, en colaboración con mujeres y organizaciones locales, programas de salud con orientación de género que prevean, servicios de salud descentralizados, presten atención a las necesidades de la mujer durante toda su vida y a sus múltiples funciones y responsabilidades, su limitada disponibilidad de tiempo, las necesidades especiales de la mujer de los medios rurales y la mujer con discapacidad.

Conseguir que las niñas y las mujeres de cualquier edad que tengan discapacidad reciban servicios de apoyo,  garantizando el acceso a la información y a los servicios disponibles en el ámbito de la violencia contra la mujer.

Adoptar medidas especiales para eliminar la violencia contra las mujeres, en particular las especialmente vulnerables como las mujeres con discapacidad, encaminadas a hacer cumplir la legislación vigente.

Aplicar y supervisar programas de empleo equitativo y de acción positiva en los sectores público y privado para superar la discriminación sistémica contra las mujeres en el mercado laboral, en particular contra las mujeres con discapacidad, en las esferas de la contratación, la retención y los ascensos, y la formación profesional de las mujeres en todos los sectores.

Asegurar el acceso a los programas especiales que se elaboren para permitir a las mujeres con discapacidad obtener y mantener un puesto de trabajo y asegurar su acceso a la enseñanza y a la formación a todos los niveles adecuados; modificar las condiciones de trabajo, en la medida de lo posible, el fin de adecuarlas a las necesidades de las mujeres con discapacidad, a las que se debe ofrecer protección legal contra la pérdida infundada del puesto de trabajo debido su discapacidad.

Proporcionar capacitación para ocupar puestos directivos y fomentar la autoestima con el fin de prestar asistencia a las mujeres y a las niñas, especialmente a las que tienen necesidades especiales, a las mujeres con discapacidades y a las mujeres que pertenecen a minorías raciales y étnicas, para que refuercen su autoestima y para alentarlas a ocupar puestos de adopción de decisiones.

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