Redacción 17/05/2014

Como su propio nombre indica, las cuotas fijas se corresponden con la parte del coste del servicio que asume el abonado por tener el derecho a usar las instalaciones en cualquier momento. A diferencia de los consumos mínimos establecidos en las ordenanzas fiscales anteriormente vigentes, que suponían un 68% de los ingresos totales independientemente del volumen real de agua consumida, el Consorcio ha fijado en un máximo del 30% el porcentaje de ingresos por estos conceptos, siguiendo las recomendaciones de diferentes instituciones y expertos. Para abonados domésticos las cuotas fijas por servicio se han establecido en 2,10 €/mes para el servicio de abastecimiento y de 1,50 €/mes para el servicio de alcantarillado. En el caso de la depuración, la cuota de servicio para una vivienda con tres habitantes es de 0,50 €/mes cuando el consumo de agua según contador es inferior a 6 m3/mes y de 1,50 €/mes cuando el consumo es superior a ese volumen. En lo que respecta la cuota fija del canon da auga autonómico, se calcula de la misma manera que la correspondiente a la tasa de depuración del Consorcio, con una cuotas de 0,51 €/mes y de 1,54 €/mes respectivamente.

 

 

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