Redacción 03/03/2018

El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 3 de O Porriño ha dictado sentencia sobre el pleito de las canteras -celebrado en septiembre del 2017- en el que da la razón a la Comunidad de Montes de Atios, en su reivindicatoria sobre la propiedad de las canteras

 

En el auto del 28 de febrero, la titular del Juzgado, la magistrada Adriana López Barcón, estima la demanda de los vecinos y sentencia que las parcelas del Monte Carrascal y Laxe donde se ubican las canteras “son propiedad de los vecinos de Atios, porque así las venían poseyendo desde tiempos inmemoriales y forman parte integrante e inseparable del Monte vecinal Carrascal y Laxedo”. 

Se trata de una sentencia histórica, que hace justicia a tantos años de agravio por parte del Ayuntamiento de O Porriño hacia los vecinos de la parroquia de Atios. La demanda fue defendida por el despacho de abogados de Calixto Escariz. 

La Junta de Montes de Atios aplaude la valentía de la jueza a la hora de fundamentar esta sentencia, ya que entra en el fondo del asunto, valida toda la documentación presentada y tiene en cuenta a prueba testifical y pericial. Un trabajo objetivo y honesto que le lleva a concluir, como no podía ser de otro modo, que “no existe duda de que el monte Carrascal y Laxedo es un monte vecinal mancomunado y, tanto de la declaración de la testigo Ramona Maceira, vecina de Atios de 83 años, como del extenso y documentado informe pericial elaborado por el ingeniero agrícola Ángel Bravo, se desprende que las parcelas reclamadas “donde se ubican las canteras- forman parte del monte Carrascal y Laxedo desde tiempo inmemorial y que desde siempre fueron aprovechadas por los vecinos para pastos, “estrumes” y recursos forestales”. 

El hecho de que ahora esa parte del monte -que el jurado provincial dejara fuera de la clasificación como vecinal en 1987-, se dedique a explotaciones mineras y esté inscrita a nombre del Ayuntamiento de O Porriño, no desvirtúa la propiedad comunal ya que “ninguna eficacia puede tener una inscripción registral frente a una posesión inmemorial” por parte de los vecinos, señala la jueza. 

La sentencia da por probado que el monte vecinal de Atios está “perfectamente identificado y delimitado”, como así lo ratificó en la vista oral el propio perito judicial. La jueza confiere enorme importancia a la calidad y cantidad de documentos que acerca el informe pericial de Ángel Bravo, uno de los mayores expertos de Galicia en montes comunales.

Estos documentos se remontan varios siglos atrás, como es el caso del Catastro del Marqués de la Ensenada del año 1752, en el que ya constaba la posesión vecinal de esa parte del monte de Atios, que se mantuvo inalterada hasta la actualidad.

Dada la nueva realidad jurídica, la Comunidad de Montes de Atios concertará en la próxima semana una reunión con el Ayuntamiento de O Porriño, para organizar la subrogación en los contratos actuales con los empresarios, de forma que se opere una transición pacífica y ordenada, que garantice la continuidad de las actividades mineras e industriales existentes en el monte, manteniendo siempre la mejor colaboración con el Ayuntamiento.

La comunidad de montes de Atios muestra su satisfacción, porque se trata de una sentencia histórica, que corrige una anomalía y dictamina, por fin, que los vecinos son propietarios con todo el derecho de esa parte del monte Carrascal y Laxedo.

Con todo, no satisface plenamente la demanda de los vecinos, ya que absuelve al Ayuntamiento de O Porriño, de pagarle a la comunidad de montes las cantidades recaudadas desde el año 2008 y que ascendían, a casi 1,9 millones de euros, más los intereses. Entiende la jueza que el Ayuntamiento era poseedor de buena fe de esos terrenos y no debe devolver a los vecinos las rentas percibidas.

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