Redacción 15/09/2015

Estas subvenciones pertenecen al curso 2015-2016 y las bases reguladoras salían publicadas en el BOP de ayer lunes 14 de septiembre

 

La concejal de Política Social mosense, Sara Cebreiro, informó sobre la publicación de las bases reguladoras de las ayudas para el uso del servicio de comedor escolar y adquisición de material para el curso 2015-2016, en el Boletín Oficial de la Provincia –BOP-  de ayer.

En el caso de las ayudas para el comedor escolar, es objeto de la presente convocatoria regular el procedimiento para la concesión de subvenciones a las familias del alumnado de educación infantil (segundo ciclo) y educación primaria para el uso del servicio de comedor de los CEIP públicos del Ayuntamiento de Mos, siempre y cuando este no sea ya gratuito.

En cuanto a las ayudas para la adquisición de material escolar, el objeto de la presente convocatoria es regular el procedimiento para la concesión de subvenciones a las familias del alumnado, de educación infantil -primer y segundo ciclo-, primaria y secundaria, siempre y cuando estos no disfruten de subvención o sean cedidos por otras administraciones.

El concepto subvencionable será el material escolar, considerado este como aquel necesario para realizar las actividades que se desarrollen o se promuevan en el centro docente, como cuadernos de soporte, material de papelería no reutilizable o material de manualidades, excluyendo expresamente los libros de texto que sean subvencionados o cedidos por otras administraciones.

El otorgamiento de estas subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva, acorde con los criterios recogidos en las bases. Para poder optar a estas ayudas, los interesados deberán cumplir cómo requisitos ser padre, madre o tutor de un alumno matriculado en el curso 2015/2016 en uno de los cursos y centros objeto de la ayuda; que el solicitante de las ayudas y el alumno estén empadronados en el Ayuntamiento de Mos; no tener deudas con ninguna entidad pública y cumplir el baremo económico recogido en la Base V.

El importe de las ayudas no superarán en ningún caso el 100 % del gasto justificado ni las cuantías siguientes: Educación Infantil (0- hasta 3 años) hasta 20 €, Educación Infantil (3- hasta 6 años) hasta 50 €, Educación Primaria hasta 40 € y Educación Secundaria hasta 40 €.

Las solicitudes deberán presentarse, según el modelo facilitado en el Ayuntamiento, con un plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente de la publicación en el BOP, en el Registro del Ayuntamiento de Mos o en alguno de los lugares que permite el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

 

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