Redacción 26/01/2015

“La prescripción enfermera ofrece una mayor seguridad al paciente, reduce gastos y burocracia, optimiza recursos y mejora la calidad asistencial y las listas de espera”

La Ley 28/2009 lleva más de cinco años pendiente de aprobación

El Sindicato de Enfermería defiende que estos profesionales puedan prescribir medicamentos y productos sanitarios, en concreto, en el caso de medicamentos no sujetos a prescripción médica y productos sanitarios, considera que ésta debe realizarse de forma autónoma y, en el caso de medicamentos sujetos a prescripción médica, mediante guías de práctica clínica y  asistencial y protocolos validados.

La organización sindical entiende que “la prescripción enfermera facilita un mayor acercamiento del profesional al usuario, reduce gastos y burocracia en la administración sanitaria, optimiza recursos y mejora la calidad asistencial y las listas de espera”.

En 2009 se aprobó la Ley 28/2009, de 30 de diciembre, de modificación de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, que reconoce la prescripción enfermera, pero, en la actualidad, sigue pendiente el desarrollo de esta normativa, por lo que aún no está reconocida legalmente su práctica. Tras las declaraciones del ministro de Sanidad, Alfonso Alonso, en las que reafirma su intención de cumplir esta Ley, el SATSE solicita al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad “que desarrolle cuanto antes la normativa relativa a la prescripción enfermera, porque supondrá una mejor atención al ciudadano y un mayor reconocimiento a la profesión enfermera”. Este será uno de los principales asuntos que se quiere abordar con el ministro de Sanidad en la Comisión de Seguimiento del Pacto, que está previsto que se celebre próximamente.

Asimismo, el Sindicato de Enfermería considera que “ofrece una mayor seguridad al paciente, ya que hay un control más cercano de la evolución del tratamiento a seguir, se detectan mejor posibles efectos adversos y se propicia un mejor cumplimiento terapéutico”.

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