Redacción 18/05/2014

Este es otro aspecto novedoso en las nuevas ordenanzas fiscales, que incorporan los beneficios sociales contemplados en la Lei de Augas de Galicia.

En primer lugar, se contemplan deducciones, para las familias numerosas debidamente reconocidas por la Consellería de Traballo e Benestar, del 50% de todos los conceptos que deben abonarse. Para obtener ese reconocimiento, se debe presentar una instancia dirigida a esa Consellería en cualquier ayuntamiento con ventanilla única. Una vez recibida la acreditación por parte de la Consellería, debe presentarse en cualquiera de las oficinas del Consorcio junto con la solicitud de bonificación de tarifas.

En segundo lugar, se contempla la exención del pago de los recibos para aquellos abonados que se encuentren en situación de exclusión social. Esta situación debe ser reconocida por los servicios sociales del ayuntamiento correspondiente, que emitirá un informe que debe presentarse en las oficinas del Consorcio junto con la solicitud de exención.

Por último, las ordenanzas fiscales también contemplan la exención del pago para entidades u organismos de iniciativa social, reconocidos en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales de la Consellería de Benestar, tales como residencias para la tercera edad, hogares residenciales, centros ocupacionales, escuelas infantiles, etc.

 

 

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