Una de las tramas investigadas fue creada por un padre y sus dos hijas y, la otra de las tramas era gestionada por un matrimonio que había sido inhabilitado judicialmente para la actividad empresarial
Agentes de la Policía Nacional, en colaboración con la Tesorería General de la Seguridad Social, han destapado en A Coruña un fraude a la Seguridad Social cercano a los 3.000.000 de euros en sectores tan diversos como la hostelería, la construcción, promoción inmobiliaria, peluquería y tratamientos de belleza, comercio al por mayor de productos alimenticios, bebidas y tabaco. En concreto, el fraude total se ha cuantificado en 2.949.309,64 euros.
Las investigaciones comenzaron en noviembre de 2020, tras recibirse varios escritos-denuncias de la Tesorería General de la Seguridad Social en los que se requería la actuación policial ante las diversas actuaciones irregulares llevadas a cabo por los administradores de distintas empresas con el fin de eludir sus obligaciones de pago con la Seguridad Social. Estas empresas se encontraban ubicadas en los partidos judiciales de A Coruña, Betanzos, Santiago de Compostela y Cambados.
Los empresarios de las sociedades investigadas no abonaban sus propios seguros sociales ni de sus trabajadores, incrementando así el margen de beneficio en la actividad mercantil y el consiguiente perjuicio a la Tesorería General de la Seguridad Social.
En el análisis patrimonial de las empresas y sus administradores, se comprobó que en todos los casos se pretendía eludir el pago de la deuda y frustrar las legítimas aspiraciones de cobro de la Tesorería, creando grupos y sucesiones empresariales que ocultaban los beneficios y bienes de las sociedades investigadas.
Los agentes han podido determinar la participación delictiva de 15 personas, siendo principalmente los administradores de las empresas, sus testaferros o personas interpuestas, trabajadores que figuraban en connivencia, así como familiares de los primeros, siéndoles imputados los delitos contra la Seguridad Social (fraude de cotizaciones), frustración de la ejecución, estafa procesal y contra el derecho de los trabajadores.
Destaca la creación de un entramado empresarial que desarrollaba su actividad en cafeterías con venta de productos alimenticios, dirigido y gestionado por un padre y sus dos hijas desde el año 2006. Aunque en febrero de 2016 el padre se jubiló, nunca se desvinculó de las empresas, ejerciendo como jefe de todas ellas y figurando desde mayo de 2020 como administrador y socio único, pasando sus hijas a ser cesadas como socias fundadoras y administradoras mancomunadas.
La primera empresa constituida en el año 2006 generó beneficios, pero no como para hacer frente a las deudas contraídas. Por ello, crearon nuevas empresas con la misma actividad, creando confusión respecto a la aparente persona jurídica de derecho que ejercía la actividad en cada momento, con los mismos trabajadores, proveedores, domicilio y autorizado RED. De esta manera, la nueva mercantil dejó de ser titular de las obligaciones adquiridas por la empresa anterior y se impidió, a su vez, que se perfeccionasen los actos ejecutivos dirigidos al cobro de la deuda, eludiendo la responsabilidad de obligaciones anteriores.
Estas empresas no regularizaron su situación deudora con la Tesorería General de la Seguridad Social, no realizaron ningún trámite de disolución ni promovieron concurso de acreedores, por lo que continuaron generando deuda a pesar de que tenían un elevado volumen de movimiento de capital en sus cuentas bancarias.
El entramado empresarial creado por esta familia, así como las maniobras para eludir los pagos obligados, hizo que el perjuicio total ocasionado a la Tesorería General de la Seguridad Social ascendiese a 850.449 euros.
Resultó significativa la creación de un entramado empresarial que se fue sucediendo en el tiempo desarrollando siempre la misma actividad: construcción de edificios, residenciales y promoción inmobiliaria. Fue creado y dirigido por un matrimonio pero, a pesar de que el juzgado declaró concurso voluntario de acreedores en una de las empresas y, posteriormente, condenó al marido con inhabilitación para administrar bienes ajenos y representar a personas físicas y jurídicas durante cinco años, éste hizo caso omiso a dicha sentencia y dirigió las distintas mercantiles. Incluso, constituyó otras nuevas con la colaboración de su esposa.
El entramado empresarial generó beneficios, llegando alguna de esas mercantiles a obtener ingresos anuales cercanos al millón de euros. Sin embargo, no se procedió al pago de cuotas a la Seguridad Social ni se solicitó su aplazamiento, y tampoco se realizó ningún trámite para reducirlas. Sin embargo, se obstaculizó la labor de este organismo.
Este matrimonio, a pesar de no abonar las deudas generadas por las mercantiles, mantuvo un alto nivel de vida, utilizando vehículos de alta gama y realizando la compra de dos embarcaciones de recreo, una en el año 2014 y otra en 2020. Las distintas maniobras para eludir los pagos obligados originaron un perjuicio económico a la Tesorería General de la Seguridad Social de 300.012 euros.