El Ayuntamiento de Salvaterra de Miño aprueba inicialmente su Plan Municipal de Prevención de Incendios
El Pleno del Ayuntamiento aprobó a finales del 2019 la adhesión al Convenio de colaboración subscrito entre la Xunta de Galicia, la FEGAMP y SEAGA en materia de prevención y defensa contra incendios forestales para el establecimiento de un sistema público de gestión de la biomasa en las franjas secundarias.
En base a este convenio, se elabora por parte da Consellería del Medio Rural el Plan municipal de Prevención y Defensa contra los Incendios Forestales del Ayuntamiento de Salvaterra de Miño que se aprobó provisionalmente en el día de hoy y que estará durante un plazo de veinte días hábiles a exposición pública para la presentación de reclamaciones y alegaciones.
En este documento se determinan las franjas secundarias de gestión de biomasa, según establece la Ley 3/2007, del 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, en una franja de 50 metros:
1. Perimetral al suelo urbano, de núcleo rural y urbanizable.
2. Alrededor de las edificaciones, viviendas aisladas, urbanizaciones, depósitos de basura, campings, gasolineras y parques e instalaciones industriales situadas a menos de 400 metros del monte.
3. Alrededor de las edificaciones aisladas en suelo rústico situadas a más de 400 metros del monte.
4. En una franja perimetral de 50 metros alrededor de las nuevas instalaciones destinadas a explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales y las vivendas vinculadas a estas, así como las nuevas urbanizaciones y edificaciones que afecten zonas de monte o de influencia forestal, no tengan continuidad inmediata con la trama urbana y que sean estremantes con monte o con zonas de influencia forestal.