Ricardo Canosa presentaba este jueves el punto a tratar en el próximo Pleno de la Corporación Municipal en el que se hace referencia a que “La religión debe permanecer en el ámbito del privado y no interferir de ningún modo en el ámbito del público o del político”
La Constitución española -artículo 16- afirma el carácter aconfesional del Estado y, por lo tanto, de todas sus instituciones, incluidos los Ayuntamientos. La participación de un cargo público en actos religiosos supone una vulneración de este principio de aconfesionalidad, además del principio de igualdad y respeto a todas las creencias al favorecer y promover el privilegio de una de ellas.
Ninguno de los derechos relativos a una determinada creencia o religión concreta deben ser impuestos ni promovidos por encima de otros, como sí se hacía en la triste y trágica etapa predemocrática de nuestra reciente historia.
La convivencia en sociedad tiene que permitir el logro de un equilibrio entre las esferas pública y personal. El ámbito o espacio público define el que es común a toda la ciudadanía. Las convicciones religiosas o espirituales pertenecen al ámbito personal, en el sentido de que no son compartidas por todas las personas.
Las administración públicas, entre ellas los Ayuntamientos, no deben pues, identificarse con creencia religiosa alguna y ninguna de estas creencias deben imponerse a través del poder político. Una institución democrática, como este Ayuntamiento, debe defender, sin ambigüedades, la aconfesionalidad de las Administraciones Públicas.
Con el referenciado artículo desarrollado, EU-Son Porriño solicita la adopción de un acuerdo en el que se adopten las siguientes medidas:
1. Declarar el compromiso del Ayuntamiento de Lo Porriño con el carácter aconfesional del Estado y de las Administraciones Públicas.
2. El Ayuntamiento de O Porriño suprimirá todo tipo de simbología religiosa en los actos oficiales y en los espacios de titularidad pública que dependan de la Administración. El Ayuntamiento no promoverá ritos ni celebraciones religiosas de ningún tipo.
3. Los actos públicos en el Ayuntamiento de O Porriño serán exclusivamente civiles y sin connotaciones religiosas. Ninguna autoridad pública o funcionario participará, en calidad de tal, en actos de naturaleza religiosa. Los miembros de la corporación local y el personal al servicio de la administración municipal no mostrarán, en el ejercicio de su cargo o de sus funciones, ningún gesto de sumisión o veneración de personas o imágenes religiosas.
4. No serán invitados a actos civiles o considerados autoridad pública, los representantes eclesiásticos de cualquier confesión.
5. El Ayuntamiento de O Porriño se compromete a fomentar la declaración de las fiestas locales en referencia a acontecimientos que unan la toda la ciudadanía y no los referentes a una parte de ella que profese determinada creencia religiosa. Se fomentarán las referencias a acontecimientos y personas que hayan tenido importancia histórica, cultural o valores cívicos de la sociedad local que el Ayuntamiento representa.
Asimismo presentará también una moción sobre la necesidad de adecuar vías para bicicletas y la instalación de aparcamientos para las mismas, en zonas clave del municipio.